La Auditoría Con Direcciones

Dos auditorías anteriores de la Contraloría y una orden de mayo describían un sistema de control en abstracto. Esta nombró siete propiedades en el Corredor Paso de la Danta y les preguntó al SINAC, a la SETENA y a la Municipalidad de Osa qué tenían en sus expedientes. La respuesta llegó casi vacía. Entonces los auditores abrieron Google Earth.

El 14 de julio de 2026 la Contraloría General de la República le ordenó a la directora ejecutiva del SINAC y al alcalde de Osa ir a ver tres propiedades en la Fila Costeña, determinar si en ellas se infringió la Ley Forestal y, de ser así, sancionar a los responsables y llevarlos a los tribunales. Ambos funcionarios deben certificar lo actuado a más tardar el 18 de setiembre de 2026. La orden es la DFOE-SOS-ORD-00003-2026, y proviene de la misma división de la Contraloría, el Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible, que produjo las anteriores.

Esos documentos anteriores trabajaban a nivel del sistema. En 2025 la Contraloría encontró al SINAC aprobando cortas de árboles que el propio SINAC no lograba rastrear después, con los informes de cierre de los regentes forestales ausentes en 32 de los 49 expedientes en que ya correspondía presentarlos. Ese mismo año encontró a la SETENA otorgando viabilidad ambiental en el 90 por ciento de los expedientes costeros revisados sin que nadie fuera a ver el sitio. En mayo de este año encontró que ninguna de las seis municipalidades que otorgan permisos de construcción a lo largo del Corredor Paso de la Danta tenía integrada formalmente la variable ambiental en el trámite de permisos, y que la mitad de ellas le dijo al auditor que el corredor no cruza su cantón. Cada uno describía cómo funcionan los controles, o cómo fallan. Este arranca desde siete fincas.

Todo empezó con una denuncia ciudadana, presentada el 9 de abril de 2026, que alegaba un posible cambio de uso de suelo en siete propiedades dentro del corredor, en terrenos con alta cobertura boscosa y una vasta y compleja red hídrica. La Contraloría le escribió a la Municipalidad de Osa, a la SETENA y al Área de Conservación Osa del SINAC, y le preguntó a cada una qué tenía sobre las siete. La orden identifica cada propiedad por su número de matrícula; aquí se rotulan de la A a la G.

Pen-and-ink cartoon: a grand tile-roofed entrance gateway with stone piers and lanterns stands alone on bare earth, no fence attached to either side, while a dusty pickup waits at its closed gate; behind it a stripped hillside carries a switchback road and two roofless concrete-block houses.

Lo Que Tenían en el Expediente

El SINAC respondió por las siete de una vez. Su sistema de control forestal, el SICAF, no registraba ningún permiso de corta, aprovechamiento ni transporte de madera en ninguna de ellas.

Osa tenía expedientes sobre dos. Sobre la Propiedad A, un permiso de obra menor aprobado el 19 de diciembre de 2020 para un pórtico de 70 m². Sobre la Propiedad D, un permiso de movimiento de tierras por 878 metros cúbicos, aprobado el 12 de febrero de 2026. Sobre las otras cinco, ningún permiso de construcción. La respuesta de la SETENA fue una lista de cosas que no eran construcción: dos licencias de viabilidad sobre la Propiedad A, ambas para líneas de distribución eléctrica, una de 2016 y otra de 2019; una concesión de agua sobre la Propiedad B; una solicitud de aumento de caudal de una concesión de agua sobre la Propiedad C; expedientes abiertos y sin resolver sobre las Propiedades D y E; y sobre la F y la G, ningún expediente.

Lo Que los Registros Tenían Sobre las Siete Propiedades
Propiedad Permiso municipal de construcción Expediente SETENA Permiso forestal SINAC
A Pórtico de 70 m² (dic 2020) Dos líneas de distribución eléctrica (2016, 2019) Ninguno
B Ninguno Concesión de agua (2025) Ninguno
C Ninguno, aunque la declaración del propio titular consigna valor por construcción Concesión de agua, aumento de caudal (2025); causa abierta en la Fiscalía de Osa Ninguno
D Movimiento de tierras por 878 m³ (feb 2026) Uno archivado, otro en análisis técnico con denuncia ambiental Ninguno
E Ninguno Solicitud de viabilidad en evaluación técnica Ninguno
F y G Ninguno Ninguno Ninguno; la finca madre tuvo un permiso de cambio de uso de 2022

Los expedientes abiertos en las Propiedades D y E no resuelven nada. Sus evaluaciones de impacto ambiental siguen en trámite, y hasta que la SETENA las resuelva, en palabras de la orden, "por el momento no se cuenta con ninguna decisión, menos con algún derecho".

Entonces los Auditores Abrieron Google Earth

Con las certificaciones en mano, la Contraloría miró el terreno mismo. Extrajo fotografía satelital de Google Earth, tomó las capas publicadas en el SNIT, el Sistema Nacional de Información Territorial, incluidas la capa de Cobertura Forestal 2023 y el mapa del ICE del Sistema Eléctrico Nacional, y las procesó en QGIS, un programa de cartografía libre y gratuito. La fotografía es de principios de 2021; las capas estaban actualizadas al 12 de junio de 2026. El resultado ocupa 13 imágenes en el anexo de la orden, y no coincide con los expedientes.

La Propiedad A muestra tala de árboles, movimientos de tierra, edificaciones y caminos, sobre terreno que la capa de cobertura forestal marca como potencial bosque maduro y secundario. El único permiso que la municipalidad tiene sobre ella es el pórtico de 70 m². La orden despacha las líneas eléctricas en una frase: las dos resoluciones de viabilidad ubican esas líneas en un sitio distinto del área donde parece haber cambiado el uso del suelo.

La Propiedad B no tiene permiso de construcción, y su titular no ha declarado valor por construcción ante la municipalidad. Su única licencia ambiental es para tomar agua de una quebrada sin nombre. Las imágenes muestran bosque maduro y secundario cortado, tierra movida, e indicios de lo que la orden llama un proceso de urbanización dentro de la finca.

En la Propiedad C el expediente de la municipalidad se contradice a sí mismo. Osa no tiene ningún permiso de construcción archivado para ella. La declaración de bienes inmuebles que el propio titular presentó ante Osa sí consigna valor por construcción, en un terreno para el que la municipalidad nunca emitió un permiso. La Fiscalía de Osa tiene una causa abierta sobre la propiedad. Las imágenes satelitales muestran lo que la orden llama una presunta corta de bosque maduro y secundario, movimientos de tierra y las mismas señales de una urbanización en marcha.

Pen-and-ink cartoon: a woman auditor at a bare desk studies a monitor showing a satellite view of a forested ridge with a large raw clearing and a switchback road cut into it, while three government officials stand across the desk holding open file folders that are completely empty.

Donde el Título Madre Sí Tenía Permiso

Un hilo entre las siete corre en sentido contrario, aunque no sobre las siete mismas. Las Propiedades F y G no tienen permiso alguno. La finca de la que fueron segregadas, su título madre, sí obtuvo una autorización de cambio de uso de suelo, el 21 de octubre de 2022. Mientras caían los árboles, se presentó una denuncia vecinal y la Fiscalía de Osa abrió un sumario. El SINAC fue al campo, y su informe del 23 de octubre de 2023 dijo no haber identificado una corta que excediera en más de un 10 por ciento el área autorizada por el permiso. Recomendó dar seguimiento a las actividades pendientes del permiso, pedirle al regente forestal un informe por un árbol de pilón aprovechado, y presentar el informe ante la fiscalía.

La orden no consigna ninguna inspección de campo en ninguna de las siete. Esa visita de 2023 a la finca madre es la única que menciona. La Contraloría no ordenó ninguna acción sobre la F ni la G, aunque su conclusión las incluye entre las fincas con denuncias o procesos judiciales de investigación abiertos.

Pen-and-ink cartoon: two forestry officials in rubber boots crouch over a single tree stump, measuring its cut face with a tape measure, while a hillside of hundreds of identical stumps runs away behind them to a distant line of surviving forest.

Sancionar, o Explicar Por Qué No

La orden es una sola disposición, dirigida al SINAC y a la Municipalidad de Osa en conjunto. Revisar íntegramente las Propiedades A, B y C: los documentos, el análisis técnico y las verificaciones de campo que resulten necesarias. Determinar si se infringió la Ley Forestal, la normativa ambiental o los requisitos de permiso para movimientos de tierra y obras. De comprobarse, aplicar las medidas correctivas y sancionatorias e interponer las acciones judiciales y administrativas que correspondan. Certificarlo todo a más tardar el 18 de setiembre de 2026. El artículo 69 de la ley orgánica de la Contraloría convierte el incumplimiento sostenido e injustificado en una falta grave que puede costarle el puesto al funcionario responsable.

La orden dispone una revisión. El lenguaje se mantiene condicional de principio a fin: eventual, probable, presunta. Al SINAC y a la municipalidad les corresponde determinar si algo en esas tres propiedades efectivamente infringió la ley, y la orden no nombra propietarios, ni sociedades, ni desarrolladores.

Esta orden mira hacia atrás, a obra ya ejecutada. Cuando cubrimos la orden de mayo señalamos que era prospectiva: incorporaba la verificación ambiental a la próxima solicitud y no decía nada sobre los permisos y viabilidades ya otorgados en el corredor. Esta llega ocho semanas después, sobre terreno que la orden identifica por número de matrícula, y con un plazo al 18 de setiembre.

El hallazgo de la orden sobre el agua se apoya en un documento distinto: el plan de gestión del propio corredor, vencido desde 2023. El recurso hídrico local, superficial y subterráneo, está bajo presión inmobiliaria, y ningún estudio de capacidad ni hidrogeológico actualizado dice si puede abastecer lo que se está construyendo.

La Contraloría hizo todo esto desde un escritorio en San José. La fotografía satelital está en Google Earth, la capa de Cobertura Forestal 2023 está publicada en el SNIT, y QGIS no cuesta nada descargarlo. El artículo 54 de la Ley Forestal les da a los funcionarios del SINAC el carácter de autoridad de policía, incluido el derecho de entrar a cualquier fundo rústico del país y practicar inspecciones, salvo las casas de habitación. Nada de lo que las instituciones enviaron a San José mencionaba la tala.

Recursos y Lecturas Adicionales

La Orden de la Contraloría

DFOE-SOS-ORD-00003-2026: Orden relativa a desarrollos constructivos en el Corredor Biológico Paso de la Danta y la Fila Costeña del cantón de Osa (14 de julio de 2026)

La orden completa, oficio 08908 (DFOE-SOS-0333), dirigida a la directora ejecutiva del SINAC y al alcalde de Osa, con el anexo de 13 imágenes satelitales y de SIG. Identifica cada una de las siete propiedades por número de matrícula y aporta las certificaciones institucionales de cada una.

DFOE-SOS-ORD-00002-2026: Orden sobre permisos de construcción en el Corredor Paso de la Danta (21 de mayo de 2026)

La orden prospectiva que llegó ocho semanas antes, que obliga a seis municipalidades más el SINAC y la Dirección de Agua a incorporar la verificación ambiental al trámite de permisos.

DFOE-SOS-IAD-00004-2025: Auditoría sobre el otorgamiento de permisos de aprovechamiento forestal del SINAC (4 de agosto de 2025)

El primero de los documentos anteriores. Examinó 147 expedientes de permisos de 2024 en las Áreas de Conservación Osa, Pacífico Central y La Amistad Caribe, y encontró los informes de cierre de los regentes forestales ausentes en 32 de los 49 expedientes en que ya correspondía presentarlos.

DFOE-SOS-IAD-00008-2025: Auditoría sobre la gestión del riesgo de corrupción en el proceso de evaluación de impacto ambiental de la SETENA (30 de octubre de 2025)

El segundo. De 59 expedientes de zonas costeras, solo 6 fueron inspeccionados antes de otorgar la viabilidad, de donde sale el 90 por ciento. La cifra aparece en la Figura 5 de la auditoría, no en su texto.

Coalición Floresta

Los Municipios Que No Encontraban el Corredor

Nuestra cobertura de la orden de mayo de 2026, incluido el hallazgo de que ninguna de las seis municipalidades hacía revisión ambiental antes de emitir un permiso de construcción, y que tres negaron que el corredor cruce su cantón.

Lo Que Encontraron los Auditores

Las auditorías de 2025 sobre el SINAC y la SETENA de la misma división de la Contraloría: expedientes forestales que la institución no lograba rastrear, y viabilidad ambiental otorgada en el 90 por ciento de los expedientes costeros sin inspección de campo.

Periodismo

Delfino: Fila Costeña y Paso de la Danta, CGR ordena revisar posibles obras sin permisos en Osa (14 de julio de 2026)

Cobertura del mismo día de la orden, con enlace directo al documento de la Contraloría.

Semanario Universidad: CGR ordena revisar posibles obras sin permisos en corredor biológico de la Zona Sur (julio de 2026)

Cobertura de la orden en el contexto de los hallazgos previos de la Contraloría sobre el corredor.

La Nación: Contraloría ordena al Minae intervenir por obras sin permisos en corredor biológico de Osa (julio de 2026)

Cobertura del diario nacional sobre la orden, enmarcada en la orden de mayo de 2026 de la Contraloría y en el propio reportaje satelital de 2025 de La Nación sobre la destrucción de bosque en el corredor.

La Ley

Ley Forestal n.° 7575 (texto completo, SCIJ)

El artículo 54 otorga a los funcionarios de la Administración Forestal el carácter de autoridad de policía y el derecho de transitar y practicar inspecciones en cualquier fundo rústico o industrial forestal, salvo las casas de habitación. El artículo 19 establece la restricción para cambiar el uso del suelo en terrenos privados cubiertos de bosque.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República n.° 7428 (texto completo, SCIJ)

El artículo 69, "Sanción por desobediencia", es lo que le da dientes a la orden: una orden incumplida injustificadamente se reitera una sola vez, y la desobediencia sostenida se reputa falta grave sancionable con suspensión o destitución.

Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles n.° 7509 (texto completo, SCIJ)

El artículo 14 establece que la declaración de bienes inmuebles la presenta el sujeto pasivo, no la valora la municipalidad, y que el valor declarado se toma como base del impuesto. La valoración de oficio procede solo cuando el titular no declara.

El Corredor

Plan de Gestión del Corredor Biológico Paso de la Danta (2018-2023)

El plan de gestión vencido del corredor, que la orden cita tanto por la sensibilidad ecológica del terreno como por la ausencia de estudios hídricos actualizados frente a la presión inmobiliaria.